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Tuesday, 07 September 2010
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Funcionamiento de las agencias navieras PDF Print E-mail
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Written by Abog. Jorge Mario Reyes   
Thursday, 31 May 2007

FUNCIONAMIENTO DE LAS AGENCIAS NAVIERAS

 

      Las agencias navieras son los representantes del Armador en un puerto determinado, por su ello su función primordial es la de representar a su cliente. El cual ha delegado en su persona las funciones que este no puede realizar por si mismo, por motivos de imposibilidad material de estar en cada puerto al cual arribe un buque bajo su administración.

A esta función que desempeña el Agente Naviero se le denomina “Agenciamiento” donde existe una relación entre el Agente y el Principal para resolver, en su nombre, ciertos actos que afectan los derechos del Principal y tareas que el mismo, delegue en el Agente para que éste las lleve a cabo ante terceros involucrados.

En el siguiente podemos detallar las funciones específicas de los Agentes Navieros durante el proceso de atraque y desatraque de un buque, con la finalidad de detallar la cadena de procesos que se suscitan al atracas o al zarpar un buque:

Agentes que intervienen en el proceso de atraque y desatraque de BUQUES

Agente

Funciones

 

Capitanía de Puerto

 

Designar al piloto maniobrista y los remolcadores para la maniobra de atraque y desatraque

 

Remolcadores

 

Asistir a los buques durante las maniobras de atraque y/o desatraque en el puerto

 

Pilotos maniobristas

 

Efectuar las maniobras de atraque y desatraque en el puerto

 

Coordinador de tráfico

Recibir información del agente naviero antes de la arribada del buque, indicando el tiempo estimado de llegada. Establecer las prioridades de atraque de acuerdo a la hora y fecha de llegada del buque.

 

Amarra Cabos

 

Recibir instrucciones del buque para al colocación de los cabos en las diferentes Bitas del muelle

 

Agente Naviero

Notificar y tramitar ante las autoridades competentes los permisos de atraque y desatraque. Informar a los operadores portuarios la hora de atraque y zarpe de los buques.

(Fuente: Resolución No.SPPLC/002-2001 del 08 de enero de 2001)

El Agente Naviero actúa de acuerdo al poder que le delegue el Principal, determinando las actuaciones especificas para las cuales esta autorizado, si el Agente Naviero actúa fuera de este mandato no compromete al Principal por dichas actuaciones realizadas fuera de la esfera de sus funciones para las cuales esta autorizado.

Estas funciones de agenciamiento se dividen en 2 partes:

 

a) Agente General: Se encuentra enmarcada dentro de un contrato general de agenciamiento y puede ser disminuida o aumentada dependiendo de la voluntad del principal.

 

 b) Agente Especial: Donde los poderes de representación son menos extensos que los del Agente General, este se contrata solo por una escala de un determinado buque en un puerto especifico, el cual es utilizado por Armadores Tramp.

 

En este relación Agente y Armador, acuerdan un contrato que en cada una de sus actuaciones del Agente en cuanto a documentación deberán delimitar su autoridad por escrito.

Tal es el caso de las frases que aparecen en diversos documentos acompañando a la razón jurídica de la compañía que funciona como Agente, siendo “As Agent Only” o “As Agent for Owners”.

Para que exista una relación entre Agente y Armador ambos deben tener amplios conocimientos del transporte marítimo, así mismo, deber existir tolerancia y fidelidad de ambas partes a la relación contractual o verbal que los une.

El Agente deberá seguir el curso ordinario del negocio de acuerdo con los usos y practicas establecidas, debiendo siempre actuar con el convencimiento de que su servicio es proteger los intereses de su principal, así mismo, deberá concienciar a sus empleados sobre la personalización del servicio que prestan, y reportar en forma expedita a su cliente sobre las acciones y cobros realizados a su nombre.

El Agente Naviero debe cuidar de no posicionarse como patrono de los empleados de su representado, por lo que no pueden existir intereses encontrados, así como no puede aceptar ningún tipo de comisiones de terceros por servicios relacionados con el negocio establecido entre las partes.

 

MODELOS DE AGENTES NAVIEROS

 

De manera general existen 3 tipos de modelos de Agente Naviero, los cuales son:

 

a) Agente Universal: Es aquel cuyas funciones para actuar en representación del Principal es ilimitada, siendo acompañada por poderes legales muy amplios, es una forma de agenciamiento relativamente poco usada.

 

b) Agente General: Es aquel donde la autorización otorgada por parte del Armador, para actuar en representación de éste, en todos los asuntos concernientes a la explotación de una ruta o negocio en particular, o para un asunto de la pertinente a la propia naturaleza del Armador. Sus actuaciones se enmarcan en:

 

b1.) Gestiones Comerciales

b.2) Asuntos Operativos

b.3) Asuntos Logísticos

b.4) Aspectos Documentales

b.5) Aspectos Financieros

b.6) Aspectos Jurídicos

 

c) Agente Especial: Cuyos poderes de representación son menos extensos que el Agente General, el cual se contrata solo por escala de un determinado buque en un puerto específicos, usado por Líneas Tramp.

 

ESTRUCTURAS DE LAS AGENCIAS NAVIERAS EN FUNCIÓN AL MERCADO

 

Organigrama

La Alta Gerencia debe basarse en una amplia gama de conocimientos que abarquen distintas áreas, por lo cual el perfil de un alto gerente debe estar integrado por los siguientes conocimientos: Aspectos Financieros, Aspectos Comerciales, Aspectos Operativos, Marco Legal, Mercados y Mercadeo, Buques, Aduanas, Modalidades de explotación, Transporte Multimodal, Otros teatros de operación del Transporte Marítimo, Gerencia y Relaciones de personal, así como un idioma comercial internacional, es decir, el ingles.

La Gerencia Media tiene como tarea el de guiar, ayudar a sus empleados a realizar mejor sus labores, así como asumir la responsabilidad total de sus éxitos o de sus fracasos.

En cuanto a los Empleados, existen cuatro grandes grupos de empleados los cuales son: Operativos, Logísticos, Comerciales y Contables, los cuales se diversifican según sus funciones y responsabilidades inherentes a cada grupo de empleados.

El recurso humano en las Agencias Navieras es el activo más importante que pueda tener empresa alguna, siendo las habilidades naturales las siguientes:

 

a) Habilidad Organizativa

b) Responsabilidad

c) Auto Estoma

d) Mente Analítica

e) Facilidad Negociadora

f) Facilidad de Expresión

g) Amplitud de Criterios

h) Creatividad

i) Aptitud para la toma de decisiones

 

MARCO LEGAL DE LAS AGENCIAS NAVIERAS

 

La Ley General de Marinas y Actividades Conexas 2002 establece el marco jurídico de las Agencias Navieras, empezando por el Artículo 3 Ejusdem que le otorga el carácter de actividad conexa:

A los efectos de esta Ley se consideran actividades conexas, sin perjuicio de otras relacionadas con el sector acuático, las siguientes actividades:

1. La industria naval de construcción, mantenimiento, reparación modificación y desguace de buques.

2. Las portuarias y de marinas, así como su infraestructura.

3. El pilotaje, remolcadores y lanchaje.

4. El diseño, dragado y mantenimiento de canales, ayudas a la navegación, hidrografía, oceanografía, cartografía náutica y meteorología.

5. Las labores de búsqueda, rescate y salvamento y las de prevención y combate de contaminación ambiental en los espacios acuáticos.

6. Las navieras, de certificación, de agenciamiento naviero, de operación y agenciamiento de carga, de transporte multimodal y de corretaje marítimo.

7. Los servicios de inspecciones, consultoría y asesorías navales.

8. La Educación Náutica en los diferentes niveles del sistema educativo. p. 6 (Subrayado nuestro)

La definición legal de las agencias navieras esta enmarcada en el Artículo 235 Ejusdem: “Se consideran agencias navieras, aquellas dedicadas a efectuar gestiones en nombre de los propietarios, arrendadores, armadores o capitanes de buques, en la actividad marítima y comercial, en los puertos de la República.” p. 82

De este concepto se define las funciones del Agente Naviero que no es más que realizar actividades y gestiones en nombre de otro, es decir, de los propietarios, arrendadores, armadores o capitanes de buques.

Para su funcionamiento la Ley exige ciertos requisitos los cuales esta determinados en el Artículo 240 Ejusdem

Las compañías señaladas en este Capítulo y aquellas que distribuyan, instalen, reparen o construyan equipos, partes y accesorios destinados a servicios de seguridad acuáticas o salvamento de vidas o que formen parte de equipos destinados a estos servicios tanto a bordo como en tierra, deberán estar inscritos en el registro que a tal efecto lleve el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos, previo cumplimiento del requisito de establecer garantías suficientes en forma de fianza bancaria o de seguros a satisfacción del Instituto, por una cantidad de quinientas unidades tributarias (500 U.T.).

El reglamento respectivo establecerá las condiciones para la aplicación de lo previsto en este artículo. P. 82

Se desglosan estos requisitos de la siguiente manera: a) Estar inscritos en el registro respectivo que lleve el Instituto Nacional de Espacios Acuáticos; b) Establecer garantías suficientes en forma de fianza bancaria o de seguros a satisfacción del Instituto Nacional de Espacios Acuáticos por la cantidad de 500 unidades tributarias.

 

El Artículo 241 Ejusdem señala un requisito de carácter formal que se le exige a las agencias navieras, a modo de control y fiscalización el cual es:

 

 Las compañías navieras, agencias navieras, compañías consolidadoras de carga, compañías operadoras y agenciadoras de carga y compañías operadoras de transporte multimodal, deberán presentar ante el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos, en los primeros diez (10) días de cada trimestre, un informe que contenga: cantidad de carga movilizada, clase, valor del flete discriminado, puerto de embarque y puerto de destino. p. 83

 

Señalando que cada trimestre en sus primeros diez días, deberán presentar cuentas en cuanto a carga movilizada, clase, valor del flete discriminado, puerto de embarque y de destino.

Last Updated ( Thursday, 31 May 2007 )
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